INICIOSERVICIOSUSO FRECUENTEACTUALIDADESDESCARGASCONTACTO

Comprobantes con el P??blico en General

2005-08-18

La obligación de expedir comprobantes fiscales se encuentra dentro de la Ley del ISR en el articulo 86 fracción II, para efectos del IVA se encuentra en el articulo 32 fracción III de la Ley de este impuesto y en la Ley del IEPS se fundamenta dicha obligación en el articulo 19 fracción II.

 

El Código Fiscal de la Federación, en su articulo 29 estipula que cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes por las actividades que se realicen, dichos comprobantes deberán reunir los requisitos del articulo 29-A, entre los cuales se encuentran:

 

-         Nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y R.F.C. de quien los expida, asá como el folio (impreso),

-          Lugar y fecha de expedición,

-         R.F.C. de la persona a favor de quien se expida,

-         Cantidad y clase de mercancáas o descripción del servicio, valor unitario y desglosar los impuestos a que están sujetos,

-          Numero y fecha del pedimento,

-          Datos del impresor,

 

La Resolución Miscelánea Fiscal para 2005 ‚Äúobliga‚Äù a que los comprobantes fiscales re??nan varios requisitos mas, mismos que no menciono en este articulo debido a que el objetivo de la Resolución es la publicación de reglas para facilitar el conocimiento de las disposiciones fiscales y no para crear obligaciones, por ende no deben ser considerados como requisitos para los comprobantes fiscales.

 

El mismo artáculo 29-A hace mención de que los contribuyentes que realicen operaciones con el p??blico en general, deberán de entregar respecto de dichas operaciones un comprobante simplificado.

 

 

Cuándo se considera una operación realizada con el Publico en General?

 

Si bien, no tenemos un concepto que nos defina que se considera una operación con el publico en general, el CFF nos define lo que no se considerara operaciones con el publico en general – contrario  sensu – y esto es que cuando el contribuyente expida comprobantes fiscales que cumplan con todos los requisitos del articulo 29-A NO se considerara operaciones efectuadas con el publico en general.

 

 

Qué es un comprobante simplificado?

 

Un comprobante simplificado para amparar operaciones con el p??blico en general de acuerdo al artáculo 37 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación puede realizarse de cualquiera de las siguientes formas:

 

  • Entregar un comprobante que re??na todos los requisitos del articulo 29-A del CFF pero sin desglosar los impuestos.
  • Entregar un comprobante que solo re??na como requisitos los siguientes:

o       Nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y R.F.C. de quien los expida, asá como el folio (impreso),

o       Lugar y fecha de expedición,

o       Importe total de la operación en numero y letra.

  • Entregar una copia de la parte de los registros de auditoria de las maquina registradoras.

 

Volviendo al artáculo 29-A, este obliga al contribuyente que realice operaciones con el p??blico en general a entregar un comprobante por cada operación, sin importar el monto; quiere esto decir que si un contribuyente realiza operaciones por cantidades insignificantes tiene la obligación de entregar un comprobante simplificado; pues esta obligación estuvo vigente durante los ejercicios de 2003 y de 2004, ahora con la publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005 esto cambio.

 

 

Comprobantes simplificados; monto de la contraprestación superior a $100.00

 

La publicación de la RMF para 2005, en su regla 2.4.15. otorga la facilidad de solo expedir comprobantes simplificados cuando se realicen operaciones con el publico en general cuando el importe de la contraprestación sea superior a $100.00 o que el interesado la solicite y este proporcione copia de su cedula de identificación fiscal.

 

 

 

2007-08-27

Pagina Hackeada eee :P

Leer más.....

2005-12-08

Decretos ISR e IVA

Leer más.....

2005-11-22

Sexta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2005

Leer más.....

2005-10-28

Decreto 28 de Octubre; Beneficios fiscales zonas afectadas por Wilma

Leer más.....

2005-10-25

Decreto 25 de Octubre; Reformas al articulo 3 del CFF

Leer más.....
Ver todas las noticias
INTRANEG S.C. Derechos Reservados